¿Cómo inicio una conciliación?
En general, lo previsto para la mediación se aplica a la conciliación, sin embargo, debes tener en cuenta que dentro del procedimiento arbitral se encuentra previsto hacer uso de la conciliación en los siguientes casos:
•Arbitraje ad-hoc
•Diligencias previas al trámite arbitral
Conciliación en el arbitraje ad-hoc
Vencidos los plazos previstos para el arbitraje, los árbitros citarán a las partes a una audiencia de conciliación para lo que deberá aplicarse lo establecido para la mediación. Si se logra un acuerdo los árbitros darán por terminado el trámite. Las partes podrán solicitar del Tribunal que el arreglo logrado en el marco de esa conciliación sea elevado a la categoría de laudo arbitral definitivo
Conciliación como diligencia previa:
Antes que se dé inicio al trámite arbitral, se citará a las partes para una audiencia de conciliación en el centro respectivo.
La convocatoria se efectuará con anterioridad a la designación de los árbitros y, en caso de llegarse a un arreglo total de las pretensiones de las partes dará lugar a la conclusión del trámite arbitral.
Si este fuere parcial, el Tribunal Arbitral resolverá únicamente las peticiones pendientes.
Continúe en la siguiente sección: Arbitraje